Por Redacción
A exactamente siete décadas de los trágicos sucesos inmortalizados por Rodolfo Walsh en su obra Operación Masacre, la Justicia argentina emitió una resolución sin precedentes. El Juzgado Federal N° 2 de San Martín sentenció que la masacre perpetrada en los basurales de la localidad bonaerense durante la noche del 9 y la madrugada del 10 de junio de 1956 constituyó un crimen de Estado y de lesa humanidad.
Responsabilidades históricas
El fallo de la jueza Alicia Vence estableció que los principales responsables de aquellos fusilamientos —cometidos ilegalmente contra un grupo de civiles y militantes que se habían alzado contra la dictadura de Pedro Eugenio Aramburu— fueron los máximos jerarcas del gobierno de facto de entonces.
La resolución detalla la responsabilidad penal que les hubiera correspondido a los dictadores Pedro Eugenio Aramburu e Isaac Francisco Rojas, junto con los altos mandos policiales y de inteligencia de la época: el jefe de la SIDE Juan Constantino Quaranta, el jefe de la Policía Bonaerense Desiderio Fernández Suárez y el jefe regional de San Martín, Rodolfo Rodríguez Moreno. Aunque todos los acusados directos se encuentran fallecidos, el tribunal determinó que la pena aplicable habría sido la de prisión perpetua.
Un proceso reparatorio sin consecuencias penales
Dado el paso del tiempo y la muerte de todos los involucrados directos, el proceso se desarrolló bajo la figura de un «Juicio por la Verdad». El objetivo principal de estas audiencias —que tuvieron lugar en el Auditorio Hugo del Carril, ubicado a escasos metros de los antiguos basurales de José León Suárez— fue brindar una reparación histórica a los familiares de las víctimas y a los sobrevivientes.
El veredicto, que tendrá sus fundamentos completos revelados el próximo 16 de julio, establece un amplio programa de medidas reparatorias, entre las que se destacan:
- Rehabilitación del honor de los doce fusilados y sobrevivientes.
- Creación de un sitio de la memoria en el predio histórico donde se erige el monumento a las víctimas.
- Incorporación institucional: los nombres de las víctimas serán sumados al registro de víctimas de violencia institucional del Estado.
- Educación y difusión: los hechos serán integrados en los diseños curriculares de los sistemas educativos nacional y bonaerense, y la sentencia será publicada en los Boletines Oficiales.
El peso del testimonio
La reconstrucción de esta masacre —en la que cinco personas fueron asesinadas y siete lograron sobrevivir (entre ellos el icónico Juan Carlos Livraga)— fue fundamental para la historia democrática argentina. Este fallo no solo reivindica la lucha de los familiares, sino que sigue el precedente judicial establecido previamente por el Juzgado Federal N° 1 de Resistencia en la Masacre de Napalpí, consolidando la memoria judicializada como una herramienta indispensable en la defensa de los derechos humanos.